¿Por qué estas oposiciones vulneran el derecho al acceso en el empleo público?

La exigencia de 1 año de experiencia en las categorías del Grupo 1 como criterio excluyente para presentarse los candidatos del turno libre vulnera el derecho fundamental de acceso a la función pública recogido en el Artículo 23.2 de nuestra Constitución: “Los ciudadanos tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes”.

La experiencia laboral cuenta como un mérito, pero nunca como un requisito en una oferta de empleo público. RTVE como entidad de derecho privado sujeta y vinculada a la administración pública esta sujeta a la Ley del Régimen Jurídico del Sector Público. La exigencia de 1 año de experiencia como requisito excluyente es claramente contrario a la ley .

Además otros requisitos regulados en las bases generales del proceso libre como los porcentajes del 60-40% de las fases de oposición y concurso, que se modificaron con la actualización del convenio, la desproporción en la valoración de 5 a 1 de la experiencia laboral en RTVE frente a la experiencia laboral en otros empresas audiovisuales, o el no reconocimiento en los méritos de las experiencia profesional en el extranjeros dejan prácticamente sin opciones reales de conseguir plaza a todos aquellos profesionales que no han trabajado anteriormente en RTVE

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